La Ciudad recuerda las ayudas económicas destinadas a empresas afectadas por Covid-19

El Gobierno de la ciudad acompaña en la gestión de los beneficios anunciados por los gobiernos nacional y provincial respectivamente y lista a continuación esas ayudas para que todos puedan chequear los alcances y posibilidades de gestionarlas.
Programa de Recuperación Productiva 2 (REPRO 2 – Nación)
El beneficio consiste en asignar una suma de dinero individual y fija que se pagará a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores adheridos al Programa.
El monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:
Afectados no críticos: hasta $ 9.000;
Críticos: hasta $ 12.000 (por disposición transitoria serán $ 18.000);
Sector salud: hasta $ 18.000.
Reducción de contribuciones patronales en el marco del Programa REPRO 2 (Nación)
Se amplía la asistencia otorgada por el Programa REPRO 2, estableciendo una reducción del 100% de las contribuciones patronales. La medida, destinada a aquellas unidades productivas que acrediten una situación económica y financiera crítica, permitirá a empleadoras y empleadores mitigar los efectos económicos adversos derivados de la pandemia.
Asistencia Económica de Emergencia a sectores afectados por la pandemia (Provincia de Santa Fe hasta 21-05-2021)
Características:
Subsidio desde $50.000 hasta $100.000
Destinatarios:
Canchas de futbol 5, paddle, gimnasios y centros de pilates y/o yoga con local.
Asistencia Económica en la emergencia turística hotelera (Provincia hasta 15 de junio)
Alcance:
Aporte No Reembolsable (ANR) para todos los empleados de Hoteles con categoría 1 a 5 exclusivamente, con asiento en la provincia de Santa Fe.
Beneficiarios:
Empleados de Hoteles que se encuentren en actividad, debidamente registrados según consta en formulario en 931 de AFIP.
Montos a percibir:
Diez mil pesos ($10.000) mensuales por seis (6) meses
Beneficio EPE (Provincia)
Los gimnasios, asociaciones vecinales, escuela de danzas o artes marciales, pilates, jardines maternales, peloteros, fútbol 5, paddle, transportes escolares, salones privados de eventos, escuelas de conducción, talleres y salas culturales; clubes, hoteles, complejos turísticos (Ej: Cabañas de alquiler), gastronómicos y empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional radicadas en la provincia de Santa Fe (las cuales se establecerán a partir de un listado que confeccionará la Secretaria de Turismo y Transporte); pagarán a valor histórico sin intereses de actualización o mora, las liquidaciones de servicios con vencimiento a partir del 17 de mayo 2021 y hasta el 31 de julio 2021; sean éstos de facturación mensual o bimestral (Pequeñas Demandas o Grandes Demandas).
Beneficio ASSA (Provincia)
Dispondrán para los períodos/bimestres 3 y 4/2021, de planes especiales con descuentos de recargos e interés de financiación, para los inmuebles habilitados para las siguientes actividades: gimnasios, asociaciones vecinales, escuela de danzas o artes marciales, jardines maternales, peloteros, fútbol 5, paddle, talleres y salas culturales; clubes, hoteles, hoteles alojamiento, centros de convenciones (sin salas de juego en sus instalaciones), bares, restaurantes y empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional radicadas en la Provincia de Santa Fe (a partir de un listado que confeccionarán las Secretarías de Turismo y Transporte). Asimismo, para aquellos usuarios de estos rubros que no cuenten con consumo medido, se bonificará hasta un 70% del monto a pagar por los mismos períodos bimestrales indicados.
Créditos de Emergencia COVID-19 ACADER
Características:
Monto máximo: $150.000.-
Tasa de Interés: 13,5%.
Plazo de amortización: hasta 18 meses.
Periodo de gracia: hasta 6 meses (tasa 0%)
Destino del Crédito
Bienes de capital.
Bienes de usos e intangibles.
Capital de trabajo para la implementación de mejoras en el negocio.
Beneficiarios
Comerciales: calzado, vestimenta, marroquinerías, mercerías, relojerías, jugueterías, regalería, joyería, bazar, antigüedades, talabarterías, música, instrumentos, hilados, florerías, pinturerías, construcción, equipamiento de oficina, equipamiento de hogares, camping y pesca, decoración, cotillón.
Servicios: restaurantes, bares, comedores, cervecerías, servicios gastronómicos, hotelería, peluquería, podología, manicura, servicio de reparación de artículos del hogar, herrería, gimnasios, imprentas, salones de eventos y fiestas infantiles, canchas de fútbol 5, canchas de tenis y paddle, complejos recreativos, parques de juegos, parques de diversiones, peloteros, transportes escolares, salones de belleza, centros de estética, agencias de viajes y turismo, servicios gastronómicos, servicios para eventos, servicios de sonido, servicios de fotografía, estudios de grabación, cabañas, bungalow, hostels, guías de pesca, guías de turismo, alojamientos residenciales y hoteles alojamiento, jardines de infantes y maternales, academias de danza, de artes marciales, centros culturales, escuelas de conducción, servicios de salones de baile y discotecas, centros de yoga y pilates.
MiPyMes industriales: excepto las relacionadas con actividad alimenticia.
Postergación del pago de los créditos de quienes estén en el REPRO II y lanzó préstamos con un año de gracia para gastronómicos
El BCRA dispuso que las empresas que perciben el REPRO II en sectores que siguen afectados por las restricciones, podrán optar por postergar el pago de todos créditos vigentes. Las entidades financieras deberán incorporar las cuotas impagas en el mes siguiente al final de la vida del crédito y se actualizarán solo por la tasa prevista en el crédito original, sin ningún recargo ni punitorio. Además, los beneficiarios no serán considerados como deudores ni serán informados a la Central de Deudores manteniendo su capacidad de tomar crédito.