SOLICITAN PROHIBIR EL ESTACIONAMIENTO EN RUTA 70, DESDE RAFAELA HASTA JANSSEN

Lo pide el Ejecutivo al Concejo para mejorar la seguridad vial y la transitabilidad urbana
El Departamento Ejecutivo Municipal envió al Concejo de la ciudad para su debido tratamiento y aprobación, un proyecto de Ordenanza mediante el cual se dispone la prohibición del estacionamiento vehicular en la calle 86-Amado Aufranc, entre las calles 85-San Arnoldo Janssen y 125-Rafaela (o 125-J. J. Urquiza), debido a la necesidad de reordenar el tránsito y el estacionamiento en este tramo urbano más consolidado, restringir horarios de carga y descarga y establecer paradas para el transporte de pasajeros, en pos de mejorar la transitabilidad y bregar por la seguridad de los usuarios de esta transitada arteria.
Con la firma de la intendente Ana María Meiners y de los secretario: de Gobierno Dr. Luciano Anza, y de Hacienda CPN Alfonso Gómez, fundamentan en el proyecto presentado que “la ciudad de Esperanza es atravesada en sus cardinales norte/sur por la ruta provincial nº 6 y en sus cardinales este/oeste por la ruta provincial nº 70, que en la trama urbana toman las características y normativas de una arteria común. La ruta provincial nº 70 es el eje transversal principal que une la ciudad en sentido este/oeste y viceversa. La arteria funciona como una barrera entre la zona norte y el casco céntrico de la ciudad al igual que las vías del ferrocarril lo hacen con la zona sur. Es la única arteria que tiene continuidad este-oeste, y oeste/este en toda la longitud de la planta urbana, por lo que es el corredor que une estos dos sectores de la ciudad en forma continua”.
Asimismo, como es la única vía que canaliza el tránsito pasante, concentrando un alto flujo vehicular, trae aparejada la saturación en días y horas picos, coexistiendo en la actualidad todo tipo de vehículos (motos, bicicletas, automotores, camiones, transporte de pasajeros, servicio de emergencias, peatones, etc), y la falta de desvío para el tránsito pesado o la existencia de una circunvalación que permita la derivación del tránsito pasante, el aumento del parque automotor y el crecimiento urbanístico, provocan un elevado congestionamiento en ruta más específicamente en la zona urbana.
Así, la permisión del estacionamiento vehicular sobre el margen norte de calle 86-Amado Aufranc produce una disminución del ancho de calzada, causando obstrucción en la fluidez del tránsito, disminución de la visibilidad e inconvenientes a los vecinos que poseen garajes frentistas. La situación se agrava en días de lluvia, teniendo en cuenta el desnivel existente entre la calzada y el cordón que genera acumulación de agua, provocando serios inconvenientes para el tránsito de los vehículos de menor porte.
La prohibición del estacionamiento permitirá a futuro efectuar mejoras y delimitaciones para la circulación exclusiva de estos vehículos de menor porte (bicicletas y motovehículos).
Si bien la semaforización en onda verde implementada a partir de Julio de 2011, produjo enormes mejoras en la transitabilidad y en la conexión norte-sur, resulta indispensable optimar aún más esta situación. Motivo por el cual este proyecto de ordenanza establece prohibir el estacionamiento en la zona netamente consolidada, ampliando la capacidad real de la zona transitable de calzada.
El parque automotor de la ciudad creció en forma notable en los últimos tiempos -en promedio un 10 por ciento anual- por lo que resulta necesario establecer las pautas para agilizar el tránsito, mejorar la accesibilidad y aminorar los riesgos viales. En tal sentido, el mapa de siniestralidad vial municipal -basado en los datos propios y los brindados por la Unidad Regional XI- permite detectar la existencia de varios puntos negros y un alto índice de accidentes en el tramo de la esta ruta, comprendido entre calle 85-Janssen y ruta provincial nº 6, siendo la intersección con esta última uno de los principales puntos negros en la ciudad.
Otro de los puntos a considerar es la escasa dimensión de la calzada con construcciones aledañas muy antiguas en algunos casos, que no respetan la ochava reglamentaria, a lo que se debe agregar que sobre la ruta nº 70 existe una creciente actividad comercial, de servicios e industrial, que demandan espacios para carga y descarga, ingreso y egresos a los predios. En especial los de gran porte que, al estacionar en la vía pública reducen notablemente los espacios de circulación y estacionamiento, perturban la visibilidad de conductores y peatones y provocan un impacto visual negativo a quienes transitan la arteria.
Establecer una estricta prohibición de estacionamiento sobre el tramo en cuestión, agilizará el rendimiento de los controles sobre la misma, ya que se delimitan zonas de detenciones del transporte de pasajeros, mejorando la situación de los propietarios de garajes frentistas, que ven disminuida la visión o en muchos casos encuentran obstruido el acceso a sus propiedades por vehículos mal estacionados.
PROYECTO DE ORDENANZA
Art. 1º) – PROHIBESE el estacionamiento vehicular en calle 86-Amado Aufranc, entre calles 85-San Janssen y 125-Rafaela (o 125-J. J. Urquiza).
Art. 2º) – La Dirección de Policía Municipal determinará y señalizará espacios reservados para la detención del transporte de pasajeros, y en zonas aledañas para el transporte de cargas, fijando los horarios permitidos según las normas vigentes.
Art. 3º) – Quedan exceptuados del alcance y cumplimiento de la presente ordenanza, vehículos de seguridad y emergencias en cumplimiento de su deber, y los vehículos que transporten personas discapacitadas, siempre que se encuentren detenidos para el ascenso y descenso de pasajeros.
Art. 4º) – Aquellos vehículos que por razones de fuerza mayor tengan la necesidad de estacionar para diferentes tareas de carga y descarga (grandes volúmenes, maquinarias, materiales de construcción, etc.), deberán solicitar autorización ante la Dirección de Policía Municipal, a los efectos de evaluar la situación y/o prestar colaboración con los controles preventivos necesarios.
Art. 5º) – La presente tendrá carácter provisorio por el término de 6 (seis) meses a los efectos de evaluar los alcances y la efectividad de la norma. Pasado el periodo de prueba, y verificándose el funcionamiento de la modificación, la misma pasara a tener carácter definitivo.