LA NUEVA TRIBUTARIA ESTÁ EN EL CONCEJO

LA NUEVA TRIBUTARIA ESTÁ EN EL CONCEJO

La envió el DEM junto con otros importantes proyectos para el futuro inmediato de la ciudad

 

En el día de la fecha el Departamento Ejecutivo Municipal envió al Concejo de la ciudad para su consideración y tratamiento importantes proyectos, entre los que se destacan la reforma del Código Fiscal municipal y el de una nueva Ordenanza Tributaria para el ejercicio 2016. Con el mismo fin enviará, a comienzos de la próxima semana, el Presupuesto General de Gastos y Recursos del Estado local para el mismo período.

En esta oportunidad complementariamente al envío del proyecto de Tributaria, y en función a la necesidad de actualizar el marco normativo debido a las permanentes modificaciones de la normativa impositiva que se han sucedido en el orden provincial y nacional -sumado esto la nueva jurisprudencia existente en materia impositiva, se envió del mismo modo que sucede en otras localidades de la región, un texto único de Código Fiscal integrado con la Ordenanza Tributaria anual, a los efectos de otorgar la dinámica que exige en la actualidad la normativa aludida.

El proyecto de Ordenanza Tributaria contempla, además, una readecuación de todos aquellos valores fijos que no se ajustan automáticamente por modificaciones en los precios y por ende sufren una pérdida de valor en términos reales con un parámetro general del 25 por ciento de ajuste para el período 2016. Como elemento a destacar se recuerda que, una vez más, el Departamento Ejecutivo Municipal propone modificar sustancialmente el esquema de liquidación de la Tasa Municipal, sosteniendo los mismos principios generales que sustenta y presenta desde el año 2011 a la fecha.

La reiterada propuesta implica entre otros aspectos sustanciales: una nueva zonificación con, a) identificación de dos zonas especiales con sus correspondientes subdivisiones; la primera de ella identificada por su cercanía a la plaza central de la ciudad ,y las restantes por ser concesiones que requieren un tratamiento especial por prestaciones diferenciales de servicios y, b) las restantes zonas generales que se encuentran definidas por las obras vinculadas a servicios que posee cada vecino, identificando a su vez como zona urbana y suburbana todo lo que se encuentra delimitado dentro del marco establecido por la Ordenanza Nº 3822.

También, la utilización de la superficie del terreno medida en metros cuadrados como criterio para establecer el monto a abonar en cada zona por cada parcela, estableciendo un criterio de justicia de distribución de la carga incluso dentro de la misma zona. La recomposición del valor histórico de la Tasa General de Inmuebles en valores relativos, permitiendo tener una emisión promedio mensual por parcela tipo, de 148 pesos promedio. La creación de adicionales especiales a la Tasa con destino específico plenamente controlado por el HCM. Y, el establecimiento de ajuste automático de la Tasa Municipal a los efectos de evitar discusiones políticas que carecen de sentido en el marco de un contexto inflacionario; considerando los principales elementos que conforman el gasto en la prestación de servicios y su participación relativa.

Estas y otras modificaciones -a través de una nueva zonificación y un nuevo método de cálculo- permitirán una distribución más justa y equitativa de la carga tributaria. El método propuesto permite, además, que las parcelas se vayan rezonificando automáticamente a medida que se ejecutan obras en la ciudad, lo que facilita la actualización de las mismas, no quedando retrasadas con el impacto lógico de inequidad que esto produce. Al mismo tiempo, en la presente Tributaria se vuelven a incorporar conceptos urbanísticos complementarios como ser: importantes valores de sobretasa por baldío; exenciones para los casos en que se destinen los mismos a estacionamiento; sobretasa para inmuebles que generen riesgos a la comunidad, etc.

En el mismo trámite, el Departamento Ejecutivo Municipal envió al cuerpo legislativo de la ciudad dos importantes proyectos para su pronto tratamiento y resolución. Uno de Ordenanza mediante el cual se dispone la adhesión del municipio local a la Ley Provincial Nº 13.483 de reciente sanción, que permite afectar hasta el 25 por ciento del destino de los ingresos provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados creado por la Ley Nº 12.385, para ser aplicados a gastos corrientes.

Y, otro que dispone el incremento del 10 por ciento en la Tasa testigo fijada por la norma provincial -de acuerdo a la tipificación incluida en la Ley Impositiva Anual Nº 13.226 en su artículo 53º, modificatoria de la Ley Nº 12.306/04- sobre la alícuota a aplicar en la determinación del Impuesto de Patente Única sobre Vehículos.