EL GOBIERNO MUNICIPAL PONE AL DESARROLLO URBANO EN EL CENTRO DEL DEBATE

EL GOBIERNO MUNICIPAL PONE AL DESARROLLO URBANO EN EL CENTRO DEL DEBATE

Abordó la problemática ante los urbanizadores locales, impedidos de incorporar más de dos mil nuevas parcelas al crecimiento de la ciudad

La intendente municipal Ana María Meiners junto a los secretarios CPN Alfonso Gómez -de Gobierno y a cargo de Hacienda- y Arq. Oreste Blangini -de Obras y Planeamiento-, mantuvo una intensa reunión de trabajo con una veintena de empresarios urbanizadores que llevan adelante diferentes loteos e importantes proyectos inmobiliarios en la ciudad de Esperanza. Se encontraban presentes, además, el concejal Eduardo Kinen y personal técnico municipal a cargo de las diversas áreas involucradas (jurídicas, edificaciones privadas, planeamiento, etc.).

En la oportunidad los funcionarios brindaron con mucha preocupación, amplios detalles de la problemática que atraviesa actualmente el Estado municipal esperancino en su conjunto, debido a la reciente y abrupta aplicación de parte de los organismos santafesinos competentes, del Decreto provincial N° 7.317 del año 1967 -denominado «Normas Mínimas de Ordenamiento Urbano»- que establece entre los elementos estructurales del paisaje y del suelo, el uso de tierra urbana y la división del suelo en usos económicos y su parcelamiento en todo el territorio provincial, en detrimento de las normativas locales utilizadas desde hace décadas en el Distrito Esperanza.

A raíz de la Resolución N° 292 del 10 de junio de 2013 del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la provincia que reivindica la aplicación en todo el territorio santafesino del citado Decreto, desde finales del 2014 el Servicio de Catastro e Información Territorial provincial comenzó a formular diferentes observaciones u objeciones a los planos presentados por urbanizadores de la ciudad de Esperanza, desconociendo las Ordenanzas municipales plenamente vigentes en la materia.

En general, estas observaciones que impiden la normal tramitación de los particulares se basan en determinadas exigencias provinciales sobre el uso del suelo y la planificación urbana que difieren notoriamente de las establecidas en las normativas locales. Así por ejemplo el Decreto provincial exige veinte metros para el ancho de las calles colectoras, en tanto la Ordenanza municipal solo diez. De la misma manera, el Decreto exige destinar a espacios verdes, el diez por ciento de la superficie total que se subdivide; en tanto la Ordenanza municipal tiene su propio cálculo donde se contempla, además, los correspondientes equipamientos comunitarios. Asimismo el Decreto exige una distancia mínima de veinte metros para los lotes adyacentes a canales, en tanto la Municipalidad de Esperanza evalúa con sus diferentes reparticiones técnicas cada caso en particular; entre otros aspectos contradictorios.

De esta manera, la aplicación actual de normas diferentes y contradictorias referidas a cuestiones de la misma naturaleza para el tratamiento y autorización de los numerosos anteproyectos de planes de desarrollo urbano local que impulsan quienes participaron del encuentro en la intendencia, impide -en la práctica- la incorporación de 2.250 nuevos lotes o parcelas al patrimonio urbano, económico y social de la ciudad con el consiguiente e inmensurable perjuicio al desarrollo público y privado de la principal localidad del departamento Las Colonias.

“En tal sentido, consideramos que las observaciones realizadas deben ser dejadas sin efecto, respetando el cumplimiento de los requisitos establecidos en las ordenanza municipales, dado que lo contrario importaría un avasallamiento y desconocimiento de las atribuciones propias de la Municipalidad en materia de planeamiento urbano”, reflexionó la intendente Meiners.

Un loteo es una modificación parcelaria, con fraccionamiento de tierras para crear nuevos núcleos urbanos y/o ampliar los existentes, con apertura de calles o vías de circulación, proveer espacios verdes de uso público, libres o del dominio privado municipal y la realización de obras de infraestructura, entre otros aspectos. En este sentido la importancia del tema abordado, que excede con creces los aspectos de inversión o inmobiliarios, adquiere toda su dimensión cuando se observa que la cantidad de parcelas que hoy no pueden ser incorporadas a la urbanización de la ciudad, representan casi el doce por ciento de la totalidad de los inmuebles ya existentes en la actualidad en la localidad.

En este sentido, el secretario de Gobierno recordó “las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, la cual en el Art. 3° establece que las Municipalidades confeccionarán su respectivo expediente urbano y plan regulador que contendrá las revisiones necesarias de su organización y el desarrollo futuro de la ciudad”. Asimismo, “a los concejos municipales se les reconoce entre sus facultades, las de ordenar el ensanche y apertura de calles, la formación de nuevas plazas, paseos, parques o avenidas, la construcción de caminos, puentes, calzadas, acueductos y la delineación de la ciudad, determinar la altura de los edificios particulares, la línea de edificación, el ancho de las ochavas, la nivelación de las calles de la ciudad y la distancia que deben guardar los propietarios de predios contiguos para construir cercos o paredes medianeras, pozos, cloacas, etc.” amplió el contador Alfonso Gómez.

Frente a estas disposiciones y atribuciones otorgadas por la Ley N° 2.756, “no caben dudas que la regulación del planeamiento urbano es de exclusiva competencia municipal” expreso el Arq. Oreste Blangini, recordando que “en este marco y desde el año 1971 nuestra ciudad dictó diferentes normas que fueron ordenando el territorio y el desarrollo urbanístico de la misma, hasta llegar a la Ordenanza n° 2.916 del 92 que contempla al Plan regulador actual que se encuentra en vigencia desde ese año, y que se fue adaptando a través del tiempo a las diferentes exigencias en materia de ordenamiento del territorio esperancino”.

Finalmente, luego de compartir numerosas consideraciones de carácter técnico y jurídico, el Departamento Ejecutivo Municipal informó a los presentes que enviará a la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas de la provincia una nota informando sobre esta delicada problemática, a la vez que le solicitará emitir un Dictamen al respecto con las instrucciones sobre el procedimiento a seguir, para “excluir a Esperanza de la aplicación de lo dispuesto en el Decreto mencionado”.