El Gobierno de la Ciudad reglamentó nuevos horarios.

El Gobierno de la Ciudad reglamentó los horarios de las actividades habilitadas al ingresar en la fase del distanciamiento social, preventivo y obligatorio. Los comercios podrán atender en horario corrido, con la siguiente modalidad en los horarios.
De lunes a sábados de 8 a 19 todos los establecimientos comerciales.
De lunes a sábados de 6 a 19 actividades de elaboración y venta de productos de panificación.
De lunes a sábados de 8 a 21 las actividades con autorización para funcionar, que sean atendidos por sus dueños y que no superen los 120 metros cuadrados de superficie.
Declaración jurada y protocolos
En cada oportunidad que las personas quieran participar de algunas de las actividades habilitadas deberán registrarse en la aplicación móvil COVID-19 Provincia de Santa Fe, y completar con carácter de declaración jurada el formulario que en la misma obra; constituyendo la certificación habilitante para circular en esa oportunidad.
Los que no cuenten con un dispositivo móvil que permita descargar la aplicación, podrán obtener una constancia impresa ingresando a www.santafe.gov.ar/coronavirus/salidas
Los protocolos de cada uno de las actividades habilitadas pueden consultarse en: https://www.santafe.gob.ar/ms/covid19/
Para descargar el decreto que lo reglamenta
Decreto 15561